November 18, 2019

La necesaria coexistencia de las normas deontológicas de la abogacía y el Legal Tech

Escrito por: Jesús Riesco

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El Código Deontológico de la Abogacía Española (CDAE) establece una serie de normas en materia de publicidad, honorarios o captación de clientes que pueden resultar incompatibles con algunos modelos de negocio relacionados con el desarrollo e implantación del Legal Tech.

Así, prácticas realizadas a través de marketplaces jurídicos, como, por ejemplo, el pago de comisiones por captación de clientes o la prestación de servicios gratuitos, pueden vulnerar los arts. 18 y 14.1, respectivamente, del CDAE.

También la publicidad sobre obtención de resultados ligados a predicciones basadas en sistemas algorítmicos podría infringir el art. 6.3.d del CDAE.

Existen otras normas de conducta profesional que pueden verse comprometidas por el uso de la tecnología en el sector legal, así, por ejemplo: el desarrollo de algoritmos secretos que sean discriminatorios; la posible interferencia del proveedor de la tecnología en la relación abogado-cliente o sus conflictos de intereses; el secreto profesional o las obligaciones derivadas de la normativa sobre blanqueo de capitales.

En mi opinión es necesaria una adaptación y flexibilización de nuestras normas deontológicas para que se alineen con estos nuevos modelos de negocio y, sin comprometer la esencia del ejercicio de la abogacía, garanticen la libertad de empresa (art. 38 CE) y la competencia efectiva en el sector, que redundará en beneficio de los clientes en forma de servicios a menores precios y más eficientes. De hecho, hay informes del CNMC sobre la necesaria adaptación de estatutos y códigos deontológicos de otras profesiones a la normativa sobre competencia que prohíben prácticas análogas a las comentadas.

Lo recomendable es que esa adaptación asegure el mismo nivel de protección a los clientes en el entorno digital que en el contexto tradicional o analógico.

En relación con esta cuestión, me parece interesante la reflexión realizada por Jorge Morell (Legaltechies) en el blog sobre innovación legal de la página web del CGAE, que apunta como posible solución adaptar el modelo del Reino Unido, que diferencia entre la profesión de abogado y la industria legal, sometidos a diferentes supervisores y normas de conducta.

Soy de la opinión de que la mejor forma de proteger nuestra profesión es hacer que evolucione y se adapte a lo que demanda el mercado. Si nuestros servicios no son productivos, eficientes y competitivos, el mercado más pronto que tarde, nos arrinconará. Ya tenemos ejemplos como el de los estados de Utah y California, que están elaborando proyectos para la flexibilización de las normas deontológicas de la abogacía (prestación de servicios jurídicos por personas sin titulación y herramientas basadas en la inteligencia artificial, supresión de las prohibiciones relativas al pago de honorarios por recomendación y financiación de firmas de asesoramiento legal).

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